Subvenciones en CLM para el Teletrabajo
¡ATENCIÓN! ESTA INFORMACIÓN HA QUEDADO DESACTUALIZADA POR ESO LE FACILITAMOS LAS NUEVAS AYUDAS Y SUBVENCIONES EN CASTILLA LA MANCHA PARA EL TELETRABAJO PULSANDO EN EL SIGUIENTE BOTÓN.
Ya no hay excusas para el trabajo a distancia con las Subvenciones en CLM para el teletrabajo. Las ayudas y subvenciones están dirigidas a personas trabajadoras autónomas y pymes con el objetivo de fomentar el trabajo a distancia como modalidad de organización laboral.
Nosotros te facilitamos el sistema de teletrabajo donde tus trabajadores podrán realizar sus tareas a distancia de forma completamente protegida y con la última tecnología. Ofrecemos las VPNs con cifrado de alto rendimiento y encriptado que usan las entidades bancarias.
Te ofrecemos un servicio exclusivo por tan solo 15.00€ más IVA por el primer trabajador y tan solo 5 € por cada trabajador a incluir. Accedas o no a la subvención tenemos unos precios únicos para que puedas trabajar desde casa o desde cualquier lugar, así como tus trabajadores.

Beneficiarios de la subvención:
- Personas trabajadoras autónomas que cuenten al menos con un asalariado a su cargo y realicen de forma habitual, personal y directa una actividad económica .
- Pymes (independientemente de su forma jurídica), comprendidas en:
a. Pequeña empresa con menos de 50 trabajadores y volumen de negocios anual o balance general anual de hasta 10M€.
b. Microempresa: con menos de 10 trabajadores y volumen de negocios anual o balance general anual de hasta 2M€.
Comunidades de bienes o cualquier otra unidad económica o patrimonio separado , aún sin personalidad jurídica, con ánimo de lucro que realice alguna actuación subvencionable conforme a este Decreto.
- Sectores no incluidos : pesca y acuicultura, producción primaria de productos agrícolas, transformación y comercialización de productos agrícolas, exportación a terceros países o Estados miembros.
- Período subvencionable : desde el 14 de marzo de 2020 hasta el 30 de septiembre de 2021.
- Requisitos principales:
– Realizar la actividad económica dentro del territorio de Castilla-La Mancha.
– La actividad debe ser susceptible de realizarse mediante trabajo a distancia.
– En el caso de personas autónomas, estar de alta en el RETA o Mutualidad correspondiente.
Solicitud de Subvenciones para el Teletrabajo
- Solicitud para las Subvenciones en CLM para el teletrabajo con presentación telemática exclusivamente del formulario del Anexo I a través del enlace en la sede electrónica que podemos proporcionarte, adjuntando:
a) Certificado de situación en el censo de actividades económicas del IAE y, para autónomos, Informe de alta en el RETA (salvo autorización a su consulta) o Mutualidad correspondiente.
b) Transformación de puestos:
Así mismo, debemos aportar una memoria explicativa de las condiciones del puesto a transformar, según se especifica en el artículo 8.e).
- Igualmente, haremos copia del contrato de trabajo y, en su caso, modificaciones.
- También, facilitaremos el escrito de comunicación de la empresa al trabajador y escrito de aceptación del trabajador, o Acuerdo pactado entre ambos (debe constar % de teletrabajo superior al 30%).
c) Nuevos contratos: contrato de trabajo que refleje la modalidad de trabajo a distancia o contrato y acuerdo pactado (debe constar % de teletrabajo superior al 30%).
d) Para personas con discapacidad, aportar Anexo IA y, si no se autoriza a su consulta a la Administración, también el certificado de discapacidad.
- Cuantía :
- 700€ por cada transformación de puesto de trabajo presencial ya existente a la modalidad de trabajo a distancia.
- 3.000€ por cada nueva contratación en modalidad de teletrabajo.
En ambos casos, se incrementa un 20% en caso de tratarse de persona con discapacidad (igual o superior al 33%) que requiera adaptación del puesto, y/o que la actividad se realice en zona ITI (no Corredor-21 municipios) o municipio en Zona Prioritaria (Azuqueca de Henares).Obligación de mantener la actividad al menos 12 meses desde la fecha de contrato o modificación de las condiciones de trabajo y aportar, a la finalización de este período, el Anexo II junto con la documentación referida en el artículo 13.3..
Contáctanos para solicitar las Subvenciones en CLM para el teletrabajo y te aportamos lo que necesitas.
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